En el marco de la Transparencia y Rendición de Cuentas, la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG), en su artículo 86, fracciones I, II y III refiere que se deberá presentar, en marzo de cada año al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, lo siguiente: |
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En cumplimiento a ese mandato, se integran en este apartado, los Informes que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha presentado desde 2008. |
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Se presentan, además, los Resultados y Evaluación de los instrumentos programáticos indicados enseguida, de acuerdo con su fundamento legal: |
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