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Acerca de los Programas del SNIEG

Para ordenar y regular las actividades de planeación, programación, producción y difusión de la Información de Interés Nacional, la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG) establece que se lleve a cabo a través de los siguientes tres programas:

Para ordenar y regular las actividades de planeación, programación, producción y difusión, se establecen tres programas: Programa Estratégico, Nacional de Estadística y Geografía, y Anual de Estadística y Geografía

Los programas mencionados deberán ser aprobados por la Junta de Gobierno del INEGI, debiendo someter los proyectos a la opinión de las instancias correspondientes.

Una vez aprobados los programas Estratégico y Nacional deberán de publicarse en el Diario Oficial de la Federación y serán obligatorios para las Unidades del Estado, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente.

Características del Programa Estratégico

Características  del programa Nacional de Información Estadística y Geografía

Características  del Programa Anual de Estadística y Geográfica

Los programas mencionados deberán ser aprobados por la Junta de Gobierno del INEGI, debiendo someter los proyectos a la opinión de las instancias correspondientes.

Una vez aprobados los programas Estratégico y Nacional deberán de publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y serán obligatorios para las Unidades del Estado, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10o transitorio de la LSNIEG, se publicó en el DOF el primer Programa Anual de Estadística y Geografía.

Programa Estratégico: Debe ser revisado y actualizado por la Junta de Gobierno cada seis años, al inicio del cuarto año del periodo correspondiente a la Presidencia de la República. Asimismo, cada seis años el Instituto debe de enviar al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión los resultados de su evaluación.

Programa Nacional: Se debe evaluar y actualizar al final de cada ejercicio o cuando se modifique el Programa Estratégico.

Programa Anual: El Instituto debe de presentar en marzo de cada año al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, los resultados de la ejecución del PAEG correspondiente al año inmediato anterior.

Se indica en qué año del sexenio debe ser revisado y actualizado por la Junta de Gobierno el Programa Estratégico cada seis años; para el Programa Nacional, al final de cada ejercicio o cuando se modifique el Programa Estratégico; y el Programa Anual, cada año

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